{"id":26185,"date":"2026-09-30T15:06:27","date_gmt":"2026-09-30T15:06:27","guid":{"rendered":"https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/?p=26185"},"modified":"2026-09-30T15:06:27","modified_gmt":"2026-09-30T15:06:27","slug":"el-hcd-sanciono-la-ordenanza-de-proteccion-integral-bienestar-y-derechos-de-los-animales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/2026\/09\/el-hcd-sanciono-la-ordenanza-de-proteccion-integral-bienestar-y-derechos-de-los-animales\/","title":{"rendered":"El HCD sancion\u00f3 la Ordenanza de Protecci\u00f3n Integral, Bienestar y Derechos de los Animales"},"content":{"rendered":"<p>29.09.26 El Departamento Ejecutivo Municipal, adem\u00e1s de la normativa, propone que se fije el d\u00eda 02 de octubre como \u201cD\u00eda del Animal Comunitario\u201d, en honor y en reconocimiento al extinto proteccionista Eduardo Groh Riemersma, \u201cEl Polaco\u201d. En un clima de tranquilidad se llev\u00f3 a cabo la 28va sesi\u00f3n ordinaria del H. Concejo Deliberante de la Capital presidida por su titular, Humberto Santill\u00e1n, contando con la presencia de 8 ediles.<\/p>\n<p>La sanci\u00f3n de la Ordenanza 6740\/26 propicia \u201cla Protecci\u00f3n Integral, Bienestar y Derechos de los Animales\u201d se indica \u201cnace del contacto cotidiano con los vecinos y de una convicci\u00f3n clara: las normas de nuestra ciudad deben reflejar el respeto hacia los animales y responder con sensibilidad y eficacia a las demandas de nuestra comunidad\u201d.<\/p>\n<p>La bancada de concejales capitalinos del Frente C\u00edvico destac\u00f3 los anuncios realizados por el gobernador El\u00edas Su\u00e1rez sobre el cronograma de pago de sueldos, aguinaldo y un bono de fin de a\u00f1o de $2.400.000, que ser\u00e1 abonado en tres cuotas durante octubre, noviembre y diciembre.<\/p>\n<p>Desde el bloque se\u00f1alaron que las medidas brindan previsibilidad a los trabajadores de la administraci\u00f3n p\u00fablica provincial y sus familias, y atribuyeron esta posibilidad al equilibrio financiero que, seg\u00fan expresaron, mantiene la Provincia desde 2005.<\/p>\n<p>Los ediles remarcaron adem\u00e1s que, en un contexto econ\u00f3mico nacional complejo, Santiago del Estero cuenta con fechas definidas para el pago de salarios hasta fin de a\u00f1o. Finalmente, felicitaron al Gobierno provincial y reivindicaron la continuidad del proyecto pol\u00edtico del Frente C\u00edvico.<\/p>\n<p>Reconocimientos<\/p>\n<p>En la apertura, se desarroll\u00f3 el acto protocolar de entrega de copia fiel de la Ordenanza 6732\/26 por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Social y Cultural, todas las actividades que realiza la Academia Folcl\u00f3rica Costumbres Santiague\u00f1as brindando un gran aporte a la Cultura en nuestra Ciudad Capital, de conformidad a lo estipulado en la Ordenanza N\u00b0 4.803\/2013\u201d.<\/p>\n<p>Recibi\u00f3 copia fiel de la Ordenanza 6732\/26 la directora de la Academia \u201cCostumbres Santiague\u00f1as\u201d, Profesora Claudia Adriana Arias, de manos del presidente del cuerpo Humberto Santill\u00e1n y la concejala, Marta Arenas.<\/p>\n<p>En efecto, bajo la Direcci\u00f3n de la Profesora Claudia Adriana Arias y presidenta de la Asociaci\u00f3n de Trabajadores de la Danza \u201cAstra Danza\u201d, esta instituci\u00f3n no solo se limita a la ense\u00f1anza t\u00e9cnica del baile, sino que promueve activamente los valores del esfuerzo, el sentido de pertenencia y el amor por las ra\u00edces santiague\u00f1as.<\/p>\n<p>Resulta especialmente destacable la participaci\u00f3n de los alumnos de 5 a 83 a\u00f1os de ambos sexos, participando activamente en actos, festivales, encuentros y distintas actividades culturales, representando y difundiendo la cultura santiague\u00f1a.<\/p>\n<p>La Academia Folcl\u00f3rica realiza un invaluable trabajo de siembra cultural y resguardo del patrimonio intangible de nuestra regi\u00f3n, con dedicaci\u00f3n y compromiso, promoviendo nuestra cultura.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el mismo sentido, en sencilla ceremonia, se entreg\u00f3 copia fiel de la Ordenanza 6729\/26, por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Social y Cultural la \u201cFiesta Fantasmal\u201d, evento gestado y producido por la banda santiague\u00f1a \u201cFantasmas de Nadie\u201d, cuya pr\u00f3xima edici\u00f3n se llevar\u00e1 a cabo en el mes de noviembre del a\u00f1o 2026 en la ciudad de Santiago del Estero\u201d.<\/p>\n<p>El presidente del cuerpo, Humberto Santill\u00e1n y la concejala, Dra. Gabriela Ort\u00edz, entregaron copia fiel de la presente Ordenanza a los organizadores del evento arriba indicado.<\/p>\n<p>La cultura constituye una herramienta fundamental para la construcci\u00f3n de la identidad de los pueblos, promoviendo espacios de expresi\u00f3n, participaci\u00f3n, creatividad e integraci\u00f3n social.<\/p>\n<p>Por ello, resulta necesario reconocer y acompa\u00f1ar aquellas iniciativas surgidas desde la comunidad que contribuyen al desarrollo cultural de nuestra ciudad y generan oportunidades para artistas, m\u00fasicos y trabajadores vinculados a las industrias culturales.<\/p>\n<p>\u201cFantasmas de Nadie\u201d es un colectivo musical santiague\u00f1o de rock y AlterLatino, integrado por j\u00f3venes m\u00fasicos que desarrollan una propuesta art\u00edstica original, vinculada a las nuevas expresiones musicales contempor\u00e1neas.<\/p>\n<p>La banda logr\u00f3 consolidarse como una de las propuestas emergentes de la escena cultural local, desarrollando una identidad art\u00edstica propia que combina diferentes lenguajes musicales y una puesta en escena que incorpora elementos visuales, sonoros y perform\u00e1ticos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Plenario<\/p>\n<p>En ocasi\u00f3n de la apertura de las deliberaciones, se dio lectura a los asuntos ingresados, y el Frente C\u00edvico reserv\u00f3 el Expediente 1100\/28\/26 para su tratamiento sobre tablas.<\/p>\n<p>La iniciativa, se trat\u00f3 sobre tablas y se sancion\u00f3 por unanimidad. La Ordenanza 6735\/26 \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Social y Cultural el \u201cSeminario Nacional Magnifica Humanitas- Una mirada desde la \u00e9tica, la teolog\u00eda y lo pol\u00edtico\u201d, organizado por el Centro de Estudios para el Desarrollo y la Integraci\u00f3n, a desarrollarse el pr\u00f3ximo 03 de octubre del corriente a\u00f1o en las instalaciones del Parque del Encuentro de conformidad a los fundamentos arriba mencionados y a las disposiciones de la Ordenanza N\u00ba 4.803\/2013\u201d. Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la Ordenanza 6735\/26 a los organizadores del evento indicado.<\/p>\n<p>Se indic\u00f3 que el Centro de Estudios para el Desarrollo y la Integraci\u00f3n ha organizado un Seminario Nacional denominada \u201cMagnifica Humanitas- Una mirada desde la \u00e9tica, la teolog\u00eda y lo pol\u00edtico\u201d, que se llevar\u00e1 a cabo en el Parque del Encuentro el pr\u00f3ximo 3 de octubre del corriente a\u00f1o; una propuesta destinada a generar un espacio de reflexi\u00f3n y dialogo sobre los desaf\u00edos que plantea el nuevo paradigma teol\u00f3gico y sus efectos sobre la persona, la comunidad y la vida social.<\/p>\n<p>La jornada llevar\u00e1 como eje \u201cCustodiar la Persona Humana ante el nuevo paradigma de un nuevo orden deshumanizante\u201d, y buscar\u00e1 promover un abordaje interdisciplinario desde la \u00e9tica, la teolog\u00eda y la pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Entre los principales temas que ser\u00e1n analizados se encuentran la inteligencia artificial, el paradigma tecnocr\u00e1tico, la libertad, la construcci\u00f3n de comunidad y los desaf\u00edos vinculados con los procesos de transformaci\u00f3n social.<\/p>\n<p>Actuar\u00e1n como capacitadores del Seminarios el Licenciado en Ciencias Sagradas, Claudio Ram\u00edrez; Prof. Claudia Arga\u00f1araz, Dr. Martin D\u00edaz Ach\u00e1val y el Licenciado en Ciencias Pol\u00edticas Diego Ramos y la actividad est\u00e1 dirigida a docentes, estudiantes avanzados, profesionales de la educaci\u00f3n y agentes sociales, pol\u00edticos, pastorales y culturales.<\/p>\n<p>Orden del D\u00eda<\/p>\n<p>En cuanto al Orden del D\u00eda se sancionaron los despachos de comisi\u00f3n que se indican.<\/p>\n<p>Se destaca la sanci\u00f3n de la Ordenanza 6740\/26, impulsada por el Departamento Ejecutivo Municipal por la que se propicia \u201cla Protecci\u00f3n Integral, Bienestar y Derechos de los Animales\u201d. La misma, se indica \u201cnace del contacto cotidiano con los vecinos y de una convicci\u00f3n clara: las normas de nuestra ciudad deben reflejar el respeto hacia los animales y responder con sensibilidad y eficacia a las demandas de nuestra comunidad\u201d.<\/p>\n<p>La iniciativa indica que \u201cla Carta Org\u00e1nica Municipal nos otorga la responsabilidad y las facultades para actuar en este \u00e1mbito. En su Art\u00edculo 48, apartado E, inciso 5, encomienda expresamente al Municipio la defensa de la integridad f\u00edsica de los animales, la represi\u00f3n de actos de crueldad y el control de la circulaci\u00f3n de animales sueltos y de los sitios de crianza y tenencia, a su vez, los Art\u00edculos 14 y 15 reafirman el derecho de los vecinos a un ambiente sano y la obligaci\u00f3n de las autoridades de corregir o prohibir actividades que degraden el entorno o causen perjuicios a cualquier ser vivo\u201d.<\/p>\n<p>A\u00f1ade que \u201cla Legislaci\u00f3n Nacional de referencia en la materia, la Ley 14.346, data del a\u00f1o 1954. Aunque en su momento signific\u00f3 un paso hist\u00f3rico al tipificar el maltrato animal, el paso de m\u00e1s de siete d\u00e9cadas la ha vuelto manifiestamente insuficiente. Sus penas abstractas de quince d\u00edas a un a\u00f1o de prisi\u00f3n resultan incapaces de abordar problem\u00e1ticas urbanas actuales como el abandono masivo, la cr\u00eda e intermediaci\u00f3n irresponsable en plataformas digitales, la difusi\u00f3n de agresiones mediante redes sociales o la falta de herramientas administrativas inmediatas para que el Municipio pueda intervenir y rescatar a un animal en situaci\u00f3n de peligro\u201d.<\/p>\n<p>Agrega que \u201cen el plano judicial, nuestro pa\u00eds ha sido pionero a partir del hist\u00f3rico fallo del 18\/12\/2014 de la Sala II de la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal en el caso de la orangutana Sandra, en el cual se determin\u00f3 que, mediante una interpretaci\u00f3n jur\u00eddica din\u00e1mica y moderna, corresponde reconocer a los animales el car\u00e1cter de sujetos de derechos y personas no humanas. Para receptar esta evoluci\u00f3n sin caer en formulaciones abstractas o en una equiparaci\u00f3n jur\u00eddica artificial con las personas, la presente propuesta adopta la categor\u00eda conceptual de \u201cseres sintientes y sujetos de protecci\u00f3n jur\u00eddica\u201d, garantizando un marco tuitivo s\u00f3lido que reconoce su capacidad biol\u00f3gica de experimentar dolor, sufrimiento, estr\u00e9s y bienestar\u201d.<\/p>\n<p>Afirma el autor que \u201cde este modo, la propuesta legislativa se estructura sobre tres ejes fundamentales: el reconocimiento normativo de la sintiencia animal, la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas preventivas de salud p\u00fablica y tenencia responsable y la creaci\u00f3n de un r\u00e9gimen administrativo municipal dotado de herramientas de fiscalizaci\u00f3n, secuestro preventivo, inhabilitaci\u00f3n y decomiso definitivo ante situaciones de crueldad\u201d.<\/p>\n<p>Concluye que \u201cse propone que se fije el d\u00eda 02 de octubre como \u201cD\u00eda del Animal Comunitario\u201d, en honor y en reconocimiento al extinto proteccionista Eduardo Groh Riemersma, \u201cEl Polaco\u201d, por su encomiable tarea en favor de la protecci\u00f3n animal desarrollada en nuestra ciudad a trav\u00e9s de la asociaci\u00f3n civil \u201cEl Montecito de los Canichones\u201d.<\/p>\n<p>Ordenanza<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I: Disposiciones Generales y Principios<\/p>\n<p>ART. 1\u00ba .- Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto garantizar la protecci\u00f3n integral, la<\/p>\n<p>salud, el bienestar y el trato digno de los animales dentro del ejido municipal, previniendo y sancionando actos de maltrato, crueldad, abandono y tenencia irresponsable. \u2013<\/p>\n<p>ART. 2\u00ba .- Sintiencia y Naturaleza Jur\u00eddica. Se reconoce a los animales como seres sintientes y sujetos de protecci\u00f3n jur\u00eddica, con capacidad biol\u00f3gica de experimentar dolor, sufrimiento y bienestar. Dicha condici\u00f3n ser\u00e1 criterio rector en toda actuaci\u00f3n u ordenamiento administrativo municipal. \u2013<\/p>\n<p>ART. 3\u00ba .- \u00c1mbito y Competencia. Quedan comprendidos todos los animales vertebrados dom\u00e9sticos, de compa\u00f1\u00eda, comunitarios o silvestres mantenidos en cautiverio dentro de la jurisdicci\u00f3n municipal, conforme a las atribuciones conferidas por la Carta Org\u00e1nica Municipal en materia de higiene, salud p\u00fablica, polic\u00eda de seguridad y preservaci\u00f3n ambiental.-<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II: Tenencia Responsable y Prohibiciones<\/p>\n<p>ART. 4\u00ba .- Obligaciones de los Poseedores o Tenedores. Toda persona que mantenga un animal bajo su cuidado debe garantizarle: a) Alimentaci\u00f3n suficiente, agua potable y limpia a disposici\u00f3n constante. b) Espacio f\u00edsico ventilado, higi\u00e9nico y resguardo adecuado frente a inclemencias clim\u00e1ticas. c) Atenci\u00f3n veterinaria preventiva y curativa. d) Medidas de seguridad necesarias para evitar riesgo o molestias a terceros.<\/p>\n<p>ART. 5\u00ba .- Prohibici\u00f3n de Sujeci\u00f3n Permanente. Queda expresamente prohibido mantener animales atados, encadenados o inmovilizados en forma permanente o por lapsos que limiten severamente su movilidad natural. \u2013<\/p>\n<p>ART. 6\u00ba .- Prohibici\u00f3n General de Maltrato. Queda expresamente prohibido en todo el ejido municipal, todo acto u omisi\u00f3n que provoque injustificadamente dolor, sufrimiento, lesiones, desnutrici\u00f3n, hacinamiento o la muerte de un animal. \u2013<\/p>\n<p>CAPITULO III: Control Poblacional y Animales Comunitarios<\/p>\n<p>ART. 7\u00ba .- Control \u00c9tico Poblacional. El Municipio adopta como \u00fanico m\u00e9todo de control poblacional de perros y gatos, la esterilizaci\u00f3n quir\u00fargica masiva, gratuita, asistem\u00e1tica y extendida, quedando prohibida la eliminaci\u00f3n o eutanasia masiva como m\u00e9todo de control. \u2013<\/p>\n<p>ART. 8\u00ba .- Animales Comunitarios. Se reconoce la figura del animal comunitario a aquel que, careciendo un due\u00f1o \u00fanico, vive en la v\u00eda p\u00fablica y es alimentado y custodiado por los vecinos. El Municipio promover\u00e1 su identificaci\u00f3n, vacunaci\u00f3n, castraci\u00f3n y desparasitaci\u00f3n, fomentando su adopci\u00f3n responsable. \u2013<\/p>\n<p>CAPITULO IV: Criaderos. Comercializaci\u00f3n y Espect\u00e1culos<\/p>\n<p>ART. 9\u00ba .- Regulaci\u00f3n de Criaderos y Venta. Proh\u00edbese la venta ambulante o en la v\u00eda p\u00fablica de animales. Los establecimientos destinados a la cr\u00eda o comercializaci\u00f3n deber\u00e1n contar con habilitaci\u00f3n municipal previa y cumplir con est\u00e1ndares estrictos de bienestar animal e higiene. \u2013<\/p>\n<p>ART. 10\u00ba .- Espect\u00e1culos Crueles. Queda prohibida la realizaci\u00f3n de espect\u00e1culos, competencias, actividades recreativas o parodias p\u00fablicas o privadas que impliquen maltrato, hostigamiento, lesiones o muerte de animales. \u2013<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V: R\u00e9gimen de Faltas, Rescate y Sanciones<\/p>\n<p>ART. 11\u00ba .- Infracciones y Multas. Las violaciones a la presente Ordenanza ser\u00e1n juzgadas por el Juzgado Municipal de Faltas y Sancionadas con: a) Apercibimiento y emplazamiento a adecuar las condiciones del animal. B) Multas de hasta 100 m\u00f3dulos seg\u00fan la gravedad de la falta y la reincidencia. c) Inhabilitaci\u00f3n temporal o definitiva para la tenencia de animales. d) Clausura preventiva o definitiva de establecimientos comerciales o criaderos en infracci\u00f3n. Se establece que el producido del pago voluntario o cobros coactivo de las multas prefijadas se destinar\u00e1 a un fondo cuya reglamentaci\u00f3n efectuar\u00e1 el Departamento Ejecutivo, cuyo objeto ser\u00e1 el de financiar campa\u00f1as de concientizaci\u00f3n de la protecci\u00f3n animal como asimismo al cuidado, alimentaci\u00f3n, sanitaci\u00f3n y esterilizaci\u00f3n y toda acci\u00f3n dirigida a la protecci\u00f3n de toda especie animal cuya guarda o cuidado sean ejercidos por asociaciones o fundaciones proteccionistas locales. \u2013<\/p>\n<p>ART. 12\u00ba .- Secuestro Preventivo y Rescate. Ante situaciones de peligro grave e inminente o afectaci\u00f3n concreta y directa para la vida o integridad de un animal, se podr\u00e1 disponer el secuestro preventivo del ejemplar, requiriendo el auxilio de la fuerza policial y la intervenci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico Fiscal, procurando su alojamiento, evaluaci\u00f3n y atenci\u00f3n veterinaria inmediata. \u2013<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI: Disposiciones Complementarias<\/p>\n<p>ART. 13\u00ba .- Participaci\u00f3n y Convenios. El Departamento Ejecutivo Municipal podr\u00e1 celebrar convenios de colaboraci\u00f3n con asociaciones protectoras de animales legalmente constituidas para promover el rescate, tr\u00e1nsito, cuidado y programas de adopci\u00f3n de animales dom\u00e9sticos y comunitarios. \u2013<\/p>\n<p>ART. 14\u00ba .- Educaci\u00f3n. Promover campa\u00f1as municipales permanentes sobre tenencia responsable, prevenci\u00f3n del abandono y adopci\u00f3n. \u2013<\/p>\n<p>ART. 15\u00ba .- Reconocimiento. Fijase el d\u00eda 02 de octubre como \u201cD\u00eda del Animal Comunitario\u201d, en honor y en reconocimiento al extinto proteccionista Eduardo Groh Riemersma, \u201cEl Polaco\u201d, por su encomiable tarea en favor de la protecci\u00f3n animal desarrollada en nuestra ciudad a trav\u00e9s de la asociaci\u00f3n civil \u201cEl Montecito de los Canichones\u201d.-<\/p>\n<p>ART. 16\u00ba .- Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo, d\u00e9se al Bolet\u00edn Municipal, reg\u00edstrese y arch\u00edvese. \u2013<\/p>\n<p>Asimismo, los ediles capitalinos sancionaron las siguientes Ordenanzas:<\/p>\n<p>Se sancion\u00f3 la Ordenanza por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Social y Cultural la actividad denominada \u201cMedita Argentina y Cursos de Meditaci\u00f3n y Autoconocimiento\u201d, organizada por la Asociaci\u00f3n Gn\u00f3stica de Estudios Antropol\u00f3gicos y Ciencias de Am\u00e9rica Confederada, que se llevar\u00e1 a cabo entre el 22 de septiembre y diciembre del a\u00f1o en curso, en la sede institucional de AGEACAC, de conformidad a los fundamentos de la presente y a las disposiciones de la Ordenanza N\u00ba 4.803\/2013\u201d.<\/p>\n<p>Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la presente Ordenanza al Sr. Mario Germ\u00e1n Gorosito. \u2013<\/p>\n<p>Mismo procedimiento se aplic\u00f3 a la sanci\u00f3n de la Ordenanza, propiciada por el Frente C\u00edvico, por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cfelicita a los deportistas Jahir El\u00edas y Nicol\u00e1s Stancampiano por su destacada trayectoria en la disciplina BMX y por la representaci\u00f3n a Santiago del Estero y la Rep\u00fablica Argentina en competencias provinciales, nacionales e internacionales. \u2013<\/p>\n<p>Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la presente Ordenanza en la persona de cada uno de los deportistas mencionados en el art\u00edculo precedente.<\/p>\n<p>El H. Concejo Deliberante de la Capital, a instancias de una iniciativa del Frente C\u00edvico \u201cdeclar\u00f3 de Inter\u00e9s Municipal los \u201c68\u00ba Aniversario de la Seccional Santiago del Estero del Sindicato Argentino de Televisi\u00f3n, Telecomunicaciones, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (SATSAID) de vida institucional, conforme a los considerandos de la presente y a las disposiciones de la Ordenanza N\u00ba 4.803\/2013\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, abunda en su Art\u00edculo 2: \u201cFelic\u00edtese a la Instituci\u00f3n mencionada en el art\u00edculo precedente por todos los actos conmemorativos que se llevaron a cabo\u201d.<\/p>\n<p>Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la presente Ordenanza al Secretario General de la Seccional Santiago del Estero del SATSAID, Sr. Marcelo Gast\u00f3n Abed.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, a instancias del bloque oficialista, se sancion\u00f3 la Ordenanza por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Social, Cultural y Educativo el Congreso Aniversario denominado \u201cDespierta\u201d, organizado por la Iglesia Cristiana Evang\u00e9lica-Ministerio Internacional, Poder de lo Alto, a realizarse los d\u00edas 2, 3 y 4 de octubre del corriente a\u00f1o, conforme a los considerandos de la presente y a las disposiciones de la Ordenanza N\u00b0 4.803\/2013\u201d.<\/p>\n<p>Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la presente Ordenanza a los organizadores del evento enunciado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>29.09.26 El Departamento Ejecutivo Municipal, adem\u00e1s de la normativa, propone que se fije el d\u00eda 02 de octubre como \u201cD\u00eda del Animal Comunitario\u201d, en honor y en reconocimiento al extinto proteccionista Eduardo Groh Riemersma, \u201cEl Polaco\u201d. En un clima de tranquilidad se llev\u00f3 a cabo la 28va sesi\u00f3n ordinaria del H. Concejo Deliberante de la Capital presidida por su titular, Humberto Santill\u00e1n, contando con la presencia de 8 ediles. La sanci\u00f3n de la Ordenanza 6740\/26 propicia \u201cla Protecci\u00f3n Integral, Bienestar y Derechos de los Animales\u201d se indica \u201cnace del contacto&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":26186,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-26185","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-hcd-capital"],"rttpg_featured_image_url":{"full":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1.jpg",900,506,false],"landscape":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1.jpg",900,506,false],"portraits":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1.jpg",900,506,false],"thumbnail":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1-150x150.jpg",150,150,true],"medium":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1-300x169.jpg",300,169,true],"large":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1.jpg",640,360,false],"1536x1536":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1.jpg",900,506,false],"2048x2048":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1.jpg",900,506,false],"post-thumbnail":["https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/fantasmal1-240x172.jpg",240,172,true]},"rttpg_author":{"display_name":"rober","author_link":"https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/author\/rober\/"},"rttpg_comment":0,"rttpg_category":"<a href=\"https:\/\/livingmultimediosde.net.ar\/INDEX\/category\/hcd-capital\/\" rel=\"category tag\">HCD CAPITAL<\/a>","rttpg_excerpt":"29.09.26 El Departamento Ejecutivo Municipal, adem\u00e1s de la normativa, propone que se fije el d\u00eda 02 de octubre como \u201cD\u00eda del Animal Comunitario\u201d, en honor y en reconocimiento al extinto proteccionista Eduardo Groh Riemersma, \u201cEl Polaco\u201d. 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