La Dirección de Parques y Paseos de la Capital recordó a los vecinos que no están permitidas las podas en arboles de veredas, salvo en aquellos casos donde se lo autorice posterior a una evaluación técnica el área de Arbolado Urbano.
La ordenanza referida a esta cuestion establece el concepto de poda como la remoción racional y parcial de tallos o ramas y raíces del arbolado, con el propósito de conducir el crecimiento de un árbol.
Cuando se trate de árboles de vereda, está prohibida a la población en general las podas totales anuales, continuas y rutinarias. Estas podas son la principal causa del acortamiento de la vida útil de un árbol. Los cortes mal ejecutados, o realizados con herramientas inapropiadas, generalmente permiten el ingreso de bacterias y virus que terminan por enfermar a la planta.
Los vecinos en general, o empresas públicas o privadas que tengan que ejecutar podas por diversos motivos, deberán solicitar autorización al organismo de aplicación que es la Subdirección de Arbolado Urbano, justificando su pedido.
De esta manera, a través de los técnicos del municipio, se autorizará según el caso la ejecución de la poda conveniente, ya sea por parte del vecino o por parte del personal especializado de la repartición.
También se comunica que inspectores del municipio realizan actas de infracción en distintos barrios las que son remitidas a la Justicia de Faltas para que determine las sanciones económicas a quienes provocan daños al arbolado urbano.
Por consultas, llamar al teléfono de Parques y Paseos 6025544, o llegar personalmente a las oficinas de 9 de Julio y Olaechea en el Parque Aguirre, donde recibirán asesoramiento.